sábado, 10 de noviembre de 2012

DECRETO NUMERO 127 DE 2001




DECRETO NUMERO 127 DE 2001
Por el cual se crean las consejerías y programas presidenciales en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República


Artículo 1º. Consejerías y Programas Presidenciales:

1. Consejerías Presidenciales
o   Para la Paz
o   1.2. Económica
o   1.3. Para El Plan Colombia
o   1.4. Para la Política Social
o   1.5. Para la Equidad de la Mujer

2. Programas Presidenciales
 Para el afrontamiento del consumo de drogas - rumbos

 Plan Nacional de Desarrollo Alternativo-Plante
 Para la convivencia, la Seguridad Ciudadana y la Prevención del Delito
 Para la lucha contra la corrupción
 Para el Sistema Nacional de Juventud-Colombia Joven
 De promoción, respeto y garantía de los Derechos Humanos y de aplicación del Derecho     Internacional Humanitario
 Para el desarrollo de las tecnologías de la Información y de las Comunicaciones

Artículo 8º. Programa Presidencial, Plan Nacional de Desarrollo Alternativo-Plante. Son funciones de Programa Presidencial para el Plan Nacional de Desarrollo Alternativo-Plante:


b) Contribuir al mejoramiento de la infraestructura social y productiva, principalmente en materia de adecuación de tierras y mejoramiento de las redes y medios de comunicación y del entorno ambiental, procurando el ordenamiento, manejo y conservación de ecosistemas y microcuencas intervenidas o deforestadas. (la aplicación al sector de las comunicaciones se debe entender como el suplemento en la contribución de mejora continua de la comunidad en Colombia) 

 Artículo 13. Programa Presidencial para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones.
Funciones:

a) Asesorar, diseñar, formular y proponer políticas planes y programas que garanticen el acceso y la implantación de nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones, con el fin de fomentar su uso, como soporte del crecimiento y aumento de la competitividad.

b) Formular políticas planes y programas que garanticen a través del uso de nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones el acceso a mercados para el sector productivo como esfuerzo para la política de generación de empleo.

c) Fomentar el uso de las Tecnologías de la Información y las comunicaciones, para mejorar la calidad de vida de la comunidad, ofreciendo un acceso equitativo a oportunidades de educación, trabajo, justicia, cultura, recreación etc.

d) Apoyar al Esta do en el desarrollo de la conectividad a las redes de comunicaciones, para facilitar y optimizar la gestión de los organismos gubernamentales y la contratación administrativa.

e) Asistir al Presidente de la República en el diagnostico de necesidades y de sistemas y redes de comunicación para la definición, coordinación y difusión de planes y programas del Gobierno Nacional.

f) Evaluar de manera permanente la forma como se suministra la información sobre la gestión del gobierno, con el fin de lograr que esta sea transparente, oportuna y confiable.

g) Coordinar de acuerdo con las instrucciones que le imparta el Presidente de la República, el suministro de la información que se produzca en los Ministerios, Departamentos Administrativos y Establecimientos Públicos y efectuar las recomendaciones que considere indicadas para lograr que esta sea en forma ágil y oportuna.

h) Coordinar, hacer seguimiento y proponer ajustes y nuevos proyectos para la ejecución de la Agenda de Conectividad.


decreto numero 127 de 2001. noviembre 10 de 2012. tomado de. http://juriscol.banrep.gov.co/contenidos.dll/Normas/Decretos/2001/decreto_127_2001

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