DECRETO NUMERO 127 DE 2001
Por el cual se crean las consejerías y programas presidenciales en el
Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
1. Consejerías Presidenciales
o Para la Paz
o 1.2. Económica
o 1.3. Para El Plan
Colombia
o 1.4. Para la Política
Social
o 1.5. Para la Equidad de
la Mujer
2. Programas Presidenciales
Para el afrontamiento del consumo de drogas -
rumbos
Plan Nacional de Desarrollo Alternativo-Plante
Para la convivencia, la Seguridad Ciudadana y
la Prevención del Delito
Para la lucha contra la corrupción
Para el Sistema Nacional de Juventud-Colombia
Joven
De promoción, respeto y garantía de los
Derechos Humanos y de aplicación del Derecho Internacional Humanitario
Para el desarrollo de las tecnologías de
la Información y de las Comunicaciones
Artículo 8º. Programa
Presidencial, Plan Nacional de Desarrollo Alternativo-Plante. Son
funciones de Programa Presidencial para el Plan Nacional de Desarrollo
Alternativo-Plante:
b) Contribuir al mejoramiento de la infraestructura social y productiva,
principalmente en materia de adecuación de tierras y mejoramiento de las redes
y medios de comunicación y del entorno ambiental, procurando el ordenamiento,
manejo y conservación de ecosistemas y microcuencas intervenidas o
deforestadas. (la aplicación al sector de las comunicaciones se debe entender
como el suplemento en la contribución de mejora continua de la comunidad en
Colombia)
Artículo 13. Programa
Presidencial para el Desarrollo de las Tecnologías de la Información y de las
Comunicaciones.
Funciones:
a) Asesorar, diseñar, formular y proponer políticas planes y programas que
garanticen el acceso y la implantación de nuevas tecnologías de la información
y de las comunicaciones, con el fin de fomentar su uso, como soporte del
crecimiento y aumento de la competitividad.
b) Formular políticas planes y programas que garanticen a través del uso de
nuevas tecnologías de la información y de las comunicaciones el acceso a
mercados para el sector productivo como esfuerzo para la política de generación
de empleo.
c) Fomentar el uso de las Tecnologías de la Información y las
comunicaciones, para mejorar la calidad de vida de la comunidad, ofreciendo un
acceso equitativo a oportunidades de educación, trabajo, justicia, cultura,
recreación etc.
d) Apoyar al Esta do en el desarrollo de la conectividad a las redes de
comunicaciones, para facilitar y optimizar la gestión de los organismos
gubernamentales y la contratación administrativa.
e) Asistir al Presidente de la República en el diagnostico de necesidades y
de sistemas y redes de comunicación para la definición, coordinación y difusión
de planes y programas del Gobierno Nacional.
f) Evaluar de manera permanente la forma como se suministra la información
sobre la gestión del gobierno, con el fin de lograr que esta sea transparente,
oportuna y confiable.
g) Coordinar de acuerdo con las instrucciones que le imparta el Presidente
de la República, el suministro de la información que se produzca en los
Ministerios, Departamentos Administrativos y Establecimientos Públicos y
efectuar las recomendaciones que considere indicadas para lograr que esta sea
en forma ágil y oportuna.
h) Coordinar, hacer seguimiento y proponer ajustes y nuevos proyectos para
la ejecución de la Agenda de Conectividad.
decreto numero 127 de 2001. noviembre 10 de 2012. tomado de. http://juriscol.banrep.gov.co/contenidos.dll/Normas/Decretos/2001/decreto_127_2001
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